La frontera móvil entre constitucionalidad y legalidad en la procedencia del amparo directo en revisión
El presente artículo se ocupa de plantear, denunciar y analizar un problema relacionado con la enorme discrecionalidad que se genera a la hora en que la Corte Suprema de nuestro país decide la procedencia de un recurso de revisión en amparo directo. Demostraré que el enunciado “La Suprema Corte, en su papel de tribunal constitucional, sólo debe ocuparse de cuestiones propiamente constitucionales” es manifiestamente falso, porque la propia legislación y la jurisprudencia aplicables permiten que la procedencia de dicho recurso dependa más de la discrecionalidad de los ministros —tolerada por el propio sistema— que de reglas precisas y objetivas. Asimismo, expondré las razones que a mi juicio han provocado esta situación y las consecuencias nocivas que genera, especialmente con relación al principio de igualdad.
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