Comentario a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de México que reconoce el supuesto derecho a interrumpir el embarazo
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Resumen
La Suprema Corte de Justicia de México ha resuelto que la Constitución mexicana contiene el derecho de las mujeres a interrumpir el embarazo en un plazo breve posterior a la concepción. Este comentario demuestra que la decisión no tiene fundamento ni en la Constitución mexicana ni en los tratados internacionales de derechos humanos, y que parte de una deficiente percepción de la realidad de lo que es el embrión humano, que lleva a la infundada conclusión de que mientras no cumpla cierta edad, puede ser tratado como una cosa o un animal.
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Citas
SCJN (2016). Tesis 1a./J. 37/2016 (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. T II.
SCJN (2021). Acción de inconstitucionalidad. Expediente 148/2017. Disponible en: https://www2.scjn.gob.mx/ConsultaTematica/PaginasPub/DetallePub.aspx?AsuntoID=227921.