Mutaciones Constitucionales.
Abandonada la tesis de su inmutabilidad absoluta, las Constituciones, tanto rígidas como flexibles, se caracterizan por los diversos grados en que pueden modificarse, lo que constituye precisamente una garantía de su permanencia y durabilidad. En el presente artículo se examina el concepto, las clases y los límites de las mutaciones constitucionales, entendidas como especie de cambio constitucional informal, por oposición al proceso formal de reforma constitucional. El autor defiende una noción estricta de mutación constitucional, la cual excluye la aceptación de cambios no formales de la Constitución a través de los hechos de la realidad. Para él, las mutaciones constitucionales no pueden tener sino un fundamento jurídico que fluye de la propia Constitución y que el autor sitúa, con Burdeau, en un poder constituyente difuso. Enseguida se examinan las clases legítimas de mutación constitucional, que para el autor son: los actos de completación constitucional, la interpretación y construcción constitucionales y las prácticas político-sociales convertidas en convenciones constitucionales. Todo ello se ilustra con ejemplos tomados en su mayoría del ordenamiento constitucional brasileño. Por último, se subraya la importancia de que la doctrina construya los límites de las mutaciones constitucionales en interés de una mejor defensa de la Constitución.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— a Cuestiones Constitucionales para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos de Cuestiones Constitucionales por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.