Justiciabilidad de los derechos colectivos de los pueblos y comunidades indígenas
Nuestro país ha suscrito diversos instrumentos jurídicos internacionales que se encargan de vigilar la correcta aplicación de la justicia a todos sus habitantes, pero lo más importante es el reconocimiento que las propias autoridades mexicanas han hechos de esos derechos, tanto en el ámbito penal y civil como en el electoral. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha hecho prevalecer los derechos de todos los mexicanos, y particular interés ha demostrado en los últimos años cuando se han presentado diversos casos relacionados con los derechos de las comunidades indígenas y su autodeterminación para elegir a sus propias autoridades, sin menoscabo de sus intereses, normas y sistemas de elección. La eliminación de la discriminación, el combatir los prejuicios y promover la tolerancia de los derechos de los pueblos indígenas ya no es sólo una recomendación de los organismos internacionales, sino un verdadero compromiso de nuestras autoridades federales y locales, y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro de su ámbito de competencia, ha dado muestras claras de estos principios y la aplicación irrestricta de la Constitución a través de diversas sentencias, jurisprudencias y tesis.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— a Cuestiones Constitucionales para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos de Cuestiones Constitucionales por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.