La aplicación por parte de las autoridades administrativas del control difuso de constitucionalidad y convencionalidad
Los nuevos paradigmas constitucionales en materia de derechos humanos erigidos a partir de la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, y de la jurisprudencia interamericana y nacional, confieren a toda autoridad la obligación de tutelar y mantener la vigencia de los derechos humanos, los cuales se han consolidado como los parámetros de control de regularidad de constitucionalidad. De ahí la importancia de que las autoridades administrativas y no sólo las judiciales, conozcan los alcances de este deber, y como su función es esencial para garantizar la eficacia del sistema jurídico. Cualquier prohibición o restricción a las autoridades administrativas para ejercer un control de constitucionalidad, merma de forma significativa la protección y ejercicio de los derechos humanos.
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