Voice to Text Converter

esto

Conductas asociativas constitucionalmente protegidas en México

José Juan Anzures Gurría
Resumen

El derecho fundamental de asociación, constitucionalmente reconocido en el artículo 9o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comprende bajo su halo de protección a la misma asociación que nace del ejercicio individual del derecho. En este sentido, la asociación tiene la facultad de organizarse libremente sin interferencia alguna por parte de terceros, en particular de la autoridad estatal. Toda asociación es libre de nacer a la vida jurídica y existir, de tener personalidad jurídica, de dotarse de sus estatutos, a decidir sobre el ingreso, expulsión y sanción de sus miembros, y, por último dejar de existir.

Palabras clave:
Derecho de asociación, autoorganización, estatutos, acuerdos asociativos

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Detalles del artículo

Cómo citar
Anzures Gurría, J. J. (2017). Conductas asociativas constitucionalmente protegidas en México. Boletín Mexicano De Derecho Comparado, 1(148), 15–48. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2017.148.10994

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Hecho en México, Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), todos los derechos reservados 2021.
Esta página y sus contenidos pueden ser reproducidos con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica.
De otra forma, requiere permiso previo por escrito de la institución.


Sitio web administrado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Cualquier asunto relacionado con este portal favor de dirigirse a: padiij@unam.mx


Circuito Maestro Mario de la Cueva s/n
Ciudad Universitaria, Alc. Coyoacán
Ciudad de México, C.P. 04510
Tel. +52(55)5622 7474

¿Cómo llegar?

Suscripción a actividades académicas

Aviso de privacidad