Acción 2 del Plan BEPS: recomendaciones en legislación doméstica con especial referencia a España
Los mecanismos híbridos persiguen aprovechar el tratamiento tributario de una misma entidad o instrumento en diferentes jurisdicciones, con el fin de someter una operación a una menor carga impositiva o no tributación. El presente trabajo tiene por objeto el análisis de las diferentes iniciativas emprendidas desde la OECD y la Unión Europea para neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos. En primer lugar, se identifican y analizan los principales supuestos que generan asimetrías híbridas. En segundo término, se estudian cuáles son las propuestas que realiza la OECD para neutralizar los efectos de los instrumentos híbridos por parte de las legislaciones domésticas. Para evitar superposición, la neutralización de estos mecanismos se encomienda a una jurisdicción determinada bajo los principios generales del derecho tributario internacional. Por ello, también es objeto de análisis el método de funcionamiento de estas normas para neutralizar los mecanismos híbridos que se han diseñado a través de reglas vinculadas. Al hilo de cada supuesto se examinan las diferentes medidas que ha adoptado España en el impuesto sobre sociedades respecto a estas recomendaciones y la jurisprudencia más relevante.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Boletín Mexicano de Derecho Comparado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Boletín Mexicano de Derecho Comparado reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— al Boletín para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en este Boletín.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos del Boletín por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.