Agencias de consejo de votación (sobre la oportunidad de una convención internacional)
Las agencias de consejo de votación son entidades relativamente nuevas en el panorama corporativo, especialmente en el contexto de los mecanismos de voto de los accionistas. Las agencias de este tipo fueron creadas con el ánimo de asistir a los inversionistas/accionistas con su consejo en cómo votar sus acciones. Este tipo de consultores no se encuentran regulados por agencia alguna en la mayoría de los países ni se les requiere informar sobre la metodología utilizada para llevar a cabo sus recomendaciones. La falta de imputabilidad de las agencias de consejo de votación, así como los posibles conflictos de intereses que han sido identificados en el desarrollo de sus actividades son preocupaciones constantes, puesto que la fuerza cinética del comercio internacional dispersará a empresas de este tipo en todo el mundo. En este contexto, parece apropiado comenzar a considerar una convención internacional en la materia.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Boletín Mexicano de Derecho Comparado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Boletín Mexicano de Derecho Comparado reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— al Boletín para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en este Boletín.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos del Boletín por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.