La protección penal de los sentimientos religiosos: el caso español
En el presente estudio se analiza la regulación penal española sobre protección de los sentimientos religiosos, así como las críticas que se han efectuado a su mantenimiento. Se hace una valoración del derecho comparado europeo, atendiendo a los ordenamientos alemán, italiano, portugués y francés, y se constata que la protección de tales sentimientos es la regla general. Además, se parte del marco de relaciones entre el Estado y las confesiones religiosas, se comparan los diferentes sistemas y se llega a la conclusión de que en España existe un sistema de laicidad positiva. En último término se estudia si las ofensas pueden ser constitutivas de delito, si los sentimientos son susceptibles de tutela penal, y si es legítimo proteger penalmente los sentimientos religiosos. Además, se responde a las críticas al Código Penal español en esta materia y se propone de lege ferenda la restricción del artículo 525 del Código Penal.
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