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TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN EN MÉXICO

Yael Sánchez Estévez*

La doctora Clara Luz Álvarez González de Castilla es egresada de la licenciatura en derecho por la Universidad de las Américas de Puebla, maestra en derecho por la New York University y doctora en derecho por la Universidad Panamericana. Actualmente es investigadora y docente en la Universidad Panamericana.

En el ámbito profesional en 2003 se convirtió en la primera mujer en ser comisionada de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), qué es el órgano regulador del sector de las telecomunicaciones en México. Ha sido abogada general de la Universidad de las Américas de Puebla y ha sido parte de los consejos consultivos tanto de la COFETEL como del Instituto Federal de Telecomunicaciones, órgano que sucede a la COFETEL a través de una reforma constitucional publicada en 2013, alcanzando el grado de órgano constitucional autónomo.

La doctora Álvarez ha publicado diversos libros, entre los más recientes se encuentra Tribunales especializados en telecomunicaciones: experiencias y estadísticas, editado por la Universidad Panamericana y Telecomunicaciones y radiodifusión en México, publicado por la UNAM, así más de una veintena de artículos y capítulos de libros, mismos que son libros y artículos académicos de fácil entendimiento para especialistas en el derecho, así como para cualquier interesado en las telecomunicaciones.

La importancia de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión es uno de los puntos de partida del libro Telecomunicaciones y radiodifusión en México escrito por la doctora Clara Luz Álvarez González de Castilla. La autora comienza el libro exponiendo lo fundamental que son estos servicios para el desarrollo de actividades sociales, educativas, económicas o políticas, sin embargo, las cuestiones históricas, políticas, así como la influencia de los poderes económicos van cambiando y definiendo el desarrollo de estos servicios.

La investigadora de la Universidad Panamericana sitúa todo el texto en México, por lo que el título del libro corresponde efectivamente al contenido de éste.

En los primeros capítulos, del segundo al sexto, la doctora Clara Luz describe el derecho fundamental de acceso a las tecnologías de la información y las telecomunicaciones, describe los servicios públicos de interés general, los términos básicos de las telecomunicaciones, así como referencias al espectro radioeléctrico y la comunicación satelital. Indica cómo estos servicios pasaron de ser un servicio gestionado y utilizado, principalmente, por el gobierno a uno en manos del sector privado. A principios de los noventa este tipo de servicios, específicamente el de la radiotelegrafía, sirvió para que el gobierno pudiera conectar regiones alejadas del país (Álvarez, 2018: 31).

A lo largo de los capítulos del libro en comento se puede encontrar que se ha mantenido una relación de disparidad entre los proveedores de servicios y los usuarios, como expone la autora, en ocasiones pareciera que es más una relación de imposición de los primeros sobre los últimos, lo que especifica más claramente en el capítulo 7 relativo a las audiencias y sus derechos.

Respecto a la cuestión jurídica, se puede observar como las primeras leyes que regularon estos servicios iniciaron promoviendo el llamado “monopolio natural” bajo la lógica de que era mejor que una sola empresa prestara los servicios ya que con eso haría que los precios disminuyeran. Sin embargo, la autora muestra cómo está situación cambió a partir de finales de los ochenta, cuando el país comenzó el cambio hacia un ambiente favorable a la competencia en diversos sectores de la economía y se inició la apertura al sector privado en diversos sectores controlados por el sector estatal.

Con relación a esto último, se puede observar el caso de la telefonía en México, en el que su consolidación se dio por medio de una empresa pública paraestatal —Telmex—, misma que en 1989, durante la gestión del presidente Carlos Salinas de Gortari se privatizó.

En este caso, el cambio hacía la promoción de la competencia económica iba destinada a favorecer a los usuarios de la región, ya que se planteaba que al haber más proveedores en el mercado se originaría una competencia sana que terminaría por retribuir a la sociedad mexicana en cuestiones de calidad y precio respecto a los servicios ofrecidos.

La autora plantea que derivado del derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones, contenido en el artículo 6o. constitucional, adicionado en 2013, el Estado no debe centrarse exclusivamente en facilitar condiciones de competencia en el mercado. La doctora menciona que el Estado también debe garantizar que estos servicios lleguen a sectores de la población que se encuentren alejados de la ciudad o que representen un mercado poco rentable para las empresas privadas, sectores que no han sido atendidos ni se han visto beneficiados con estos servicios. Para estos casos la autora menciona que deben establecerse acciones específicas para garantizar el acceso a grupos en situación de vulnerabilidad.

La doctora también menciona la importancia de que el Estado imparta o promueva la alfabetización digital para que personas de diferentes edades y grupos sociales puedan hacer uso de tecnologías de la información y no se queden rezagadas respecto al avance de éstas.

De la misma manera, es importante destacar los comentarios que la autora realiza respecto de los servicios de radiodifusión y las características constitucionales que estos deben tener; en el entendido de que, en tanto que son servicios públicos de interés general deben cumplir características como el de pluralidad y veracidad de la información.

Respecto a la pluralidad, la autora, miembro del Sistema Nacional de Investigadores, menciona que el pluralismo ideológico, político, social y lingüístico se establece como un derecho de las audiencias en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Esto exige que se dé espacio en los servicios de radiodifusión a minorías y grupos vulnerables, sin embargo, es poco el avance logrado en este sentido, no obstante que México es un país claramente multicultural.

Ahora bien, en cuanto a la veracidad de la información la autora menciona que los servicios de radiodifusión deben presentar información veraz e imparcial, exigiendo un ejercicio razonable de investigación y comprobación, lo cual es urgente si se piensa que en la actualidad existen fenómenos como la infodemia que se han vuelto influyentes en las opiniones de la sociedad.

En el mismo sentido del derecho a la información se destaca el abordaje que se hace del derecho de acceso a la información para audiencias con discapacidad. En este tema se plantean aspectos como el subtitulaje y la audiodescripción, como elementos necesarios para los contenidos de radiodifusión, pues éstos permitirían a audiencias con alguna discapacidad estar en igualdad de condiciones, sin embargo, en esta cuestión el avance sigue siendo mínimo. Cobra sentido la situación de disparidad que la autora menciona a lo largo de diferentes capítulos, pues es evidente que muchas veces los contenidos promovidos en los servicios de radiodifusión atienden más a una cuestión económica que a la satisfacción de las demandas de la sociedad.

Lo anterior se acentúa en los capítulos finales del libro, en los que se expone la situación de indefensión en el que se encuentran los usuarios respecto a los proveedores de estos servicios, ya que es el concesionario de radiodifusión quién “tiene el control de lo que se transmite, el tipo de programación, cómo se distribuye la publicidad, en tanto la audiencia no tiene manera de incidir eficazmente para evitar que se vulneren sus derechos” (Álvarez, 2018: 139).

La autora introduce un capítulo relacionado con la salud y medio ambiente, un tema poco explorado en lo relacionado con las telecomunicaciones y que será de gran provecho para aquellos conocedores de los temas médicos y ambientales; cabe destacar que pone acento en temas como los desechos electrónicos y sustancias peligrosas, el cambio climático y la importancia de su estudio en lo relativo a las telecomunicaciones, sin dejar de emitir la doctora sus propias reflexiones al respecto.

El último capítulo del libro describe los organismos internacionales relacionados en el derecho de las telecomunicaciones, más importante, la autora hace mención de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, a la Organización Mundial de Comercio, así como a la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones, respecto del primero se hace referencia a sus antecedentes históricos, la estructura y funciones así como los instrumentos jurídicos con los que cuenta, respecto a la Organización Mundial de Comercio menciona cuales son los acuerdos con lo que dicha organización cuenta y que están relacionados con las telecomunicaciones y al Panel de Telecomunicaciones México-EUA.

Finalmente, a lo largo del libro se puede encontrar como a pesar del avance tecnológico en cuestiones de telecomunicaciones y radiodifusión los servicios siguen mostrando deficiencias en cuanto a la forma en que la sociedad accede a ellos y al tipo de contenido y los servicios que se ofrecen, pues parecen ir más orientados a la ganancia económica que a satisfacer una demanda social, o a tener una utilidad para la sociedad en conjunto. Si bien la regulación al respecto ha intentado salvar estas cuestiones, siguen imperando en algunas situaciones las decisiones de los concesionarios o los proveedores de este tipo de servicios sin importar que estas no estén encaminadas a satisfacer o cumplir con alguna demanda de la sociedad.

Bibliografía

Luz Álvarez, C. (2018). Telecomunicaciones y radiodifusión en México. México, UNAM.

* Estudiante de ciencias políticas en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM.