Expedientes clínicos: obstáculos y posibilidades para el libre acceso a la información de salud

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Miguel Ángel Alonso de los Santos
María Elena Ramos Tovar

Resumen

En la conformación de los expedientes clínicos hay un derecho inmerso que es el de poner a disposición de las personas toda la información de salud que consideren necesaria para la mejor toma de decisiones con relación a su estado de salud. Por ejemplo, permite a las y los pacientes solicitar una segunda opinión sobre algún diagnóstico o tratamiento, o bien, complementar sus datos en una segunda institución de salud. En las presentes líneas se abordarán conceptualmente los derechos a la salud y a la información, y su interdependencia que da como resultado el derecho a la información de salud en sus vertientes de interés general y personalísima. La metodología desarrollada fue de índole cualitativa, en el terreno descriptivo, para las conceptualizaciones de derechos humanos se tomaron como fuente las observaciones generales de los Comités de Derechos Humanos, y de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Finalmente hacemos una revisión de la normatividad mexicana para analizar cuáles son los alcances, en México, de este derecho a través de los expedientes clínicos.

Detalles del artículo

Cómo citar
Alonso de los Santos, M. Ángel, & Ramos Tovar, M. E. (2024). Expedientes clínicos: obstáculos y posibilidades para el libre acceso a la información de salud. Estudios En Derecho a La Información, 9(18), 129–153. https://doi.org/10.22201/iij.25940082e.2024.18.18875
Sección
Artículos

Citas

Albán Cornejo y otros vs. Ecuador (Corte Interamericana de Derechos Humanos, sentencia del 22 de noviembre de 2007).

Alonso, M. y Ramos, M. (2023). El expediente digital de salud migrante: Sus indicadores de operación con estándares de derechos humanos. [Artículo aprobado, próximo a su publicación]. 21 pp.

Arellano-Mejía, J. y Sánchez, C. (2017) ¿El expediente clínico debe ser clasificado como confidencial y reservado? Meumol Cir Torax, 76(2), 111-122.

Chinchilla Sandoval vs. Guatemala (Corte Interamericana de Derechos Humanos, sentencia del 29 de febrero de 2016).

Código Civil Federal (CCF), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2010.

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), última reforma publicada el 20 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017.

Ley General de Salud (LGS), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015.

Ley Federal de Metrología y Normalización (LFMN), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009.

Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2012, «Sistemas de información de registro electrónico para la salud. Intercambio de información en salud» (NS242012), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012.

Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA3-2012 «En materia de información en salud» (NS352012), Diario Oficial de la Federación, 30 de noviembre de 2012.

Instituto Nacional de Salud Pública (2022). Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021 Sobre COVID 19 (ENSANUT) (p. 324).

Ingleby, D. (2019). Moving upstream: Changing policy scripts on migrant and ethnic minority health. Health Policy, 123(9), 809-817.

Observación General núm. 14 «El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud» (OG-14), Organización de las Naciones Unidas (ONU), Recopilación de las observaciones generales y recomendaciones generales adoptadas por órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (2001).

Observación General No. 22 «relativa al derecho a la salud sexual y reproductiva», Comité de Derechos Económico, Sociales y Culturales (2016).

Observación General No. 34 (OG-34) «Libertad de opinión y libertad de expresión», Comité de Derechos Humanos (2011).

Orozco y Villa, L. (s. f.) ¿Qué son las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs)? Nexos. https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/%C2%BFque-son-las-normas-oficiales-mexicanas-noms/#:~:text=La%20naturaleza%20jur%C3%ADdica%20de%20las,de%20generalidad%2C%20abstracci%C3%B3n%20y%20obligatoriedad.

Osuna, E. (2006). El derecho a la información sanitaria en la Ley 41/2002. Cuadernos de Bioética, XVII(1), 27-42.

Ramos, S. (2015). La historia clínica en salud mental. Acta Bioethica, 21(2), 259-268.

Tesis I.4o.C.154 C (2008) Semanario Judicial de la Federación. Expediente clínico. Es documento privado sujeto para su valoración a requisitos establecidos en regulación especial.

Tesis I.3o.(I Región) 7 A (10a.) (2012a). Semanario Judicial de la Federación. Norma oficial mexicana NOM-168-SSA1-1998, del expediente clínico. Atento al principio pro homine en ejercicio del control de convencionalidad, debe declararse la inaplicabilidad de su punto 5.5. Al caso concreto, al omitir los Lineamientos respecto al préstamo de aquél e imponer condiciones para justificar la entrega, únicamente, del resumen clínico.

Tesis aislada I.3o.(I Región) 8 A (10a.) (2012b). Semanario Judicial de la Federación. Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, del expediente clínico. No obstante lo establecido en su punto 5.5., basta la solicitud del paciente para que le sean expedidas las constancias de los estudios clínicos y patológicos que le fueron practicados.

Tesis aislada XXX.3o.13 K (10a.) (2020). Semanario Judicial de la Federación. Autoridad responsable para efectos de la procedencia del juicio de amparo. No tiene ese carácter el médico privado a quien se le imputa la omisión de entregar a un paciente su expediente clínico de forma detallada y completa.

Tesis II.2o.A.3 A (11a.) (2022). Semanario Judicial de la Federación. Acto de autoridad para efectos de la procedencia del juicio de amparo indirecto. Lo constituye la negativa de expedir copias de un expediente clínico, derivado de un contrato celebrado entre la quejosa y una sociedad civil para la atención médica de un adulto mayor.

Vall, A. y Rodríguez, C. (2008). El derecho a la información del paciente: una aproximación legal y deontológica. BID, 21, 18.