TRBOVICH, S. Ana, A Legal Geography of Yugoslavia´s Disintegration, Oxford, Oxford University Press, 2008, 522 pp.
La publicación de esta obra por Ana Trbovich, directora del Centro de Integración Europea y Administración Pública de la Facultad de Economía, Finanzas y Administración de la Universidad de Singidunum en Belgrado, es resultado de su trabajo doctoral en la Fletcher School of Law and Diplomacy de la Universidad de Harvard. El libro se encuentra dividido en siete capítulos: los primeros dedicados a construir el marco teórico conceptual del proceso de la desintegración yugoslava con base en los principios de derecho internacional implicados, y en la división administrativa de las repúblicas; y los últimos en analizar la dinámica del reconocimiento diplomático y la intervención militar, así como la integración a la Unión Europea por las antiguas repúblicas. Asimismo, en la parte final se incluye un útil apéndice de mapas que facilita la ubicación geográfica de la problemática tratada.
Mucho se ha escrito sobre la violencia desatada en los Balcanes en la década de los noventa, y de cómo la antigua Yugoslavia se vio envuelta en una vorágine de destrucción en que los extremismos étnicos, en combinación con factores externos, condujeron al colapso de dicho Estado comunista multinacional fundado por Josip Broz Tito. Algunos estudios se han concentrado en los aspectos políticos, históricos, culturales o legales, pero se carecía de un libro que conjuntase un enfoque holístico bajo un análisis interdisciplinario, y menos aún que ubicase la disolución del antiguo país comunista dentro del marco conceptual de la soberanía y la autodeterminación.
Una geografía legal de la desintegración de Yugoslavia, como el propio título lo manifiesta de inmediato, se encuadra espacialmente dentro del principio de igualdad soberana y de sus principios derivados: no intervención e integridad territorial, los cuales constituyen importantes pilares del derecho internacional contemporáneo. Con apego a esta normativa, la autora subraya que el sistema político internacional se desestabilizaría si el derecho no protegiera a un determinado territorio, dado que éste es un componente fundamental del Estado. En su análisis, parte de un marco conceptual sobre los ya citados principios de derecho internacional y fundamenta su investigación en una serie detallada de hechos histórico-políticos alrededor de la evolución y formación de Yugoslavia como Estado.
Al subrayar que el principio de integridad territorial se consagra en los principales instrumentos legales internacionales, Trobovich reafirma lo preceptuado por la Carta de la ONU por cuanto a la prohibición del uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de los Estados (artículo 2.4), a la vez que se opone la intervención de la propia organización en los asuntos que sean de jurisdicción esencialmente interna de los mismos (2.7). Asimismo, destaca las excepciones a estas normas en casos de legítima defensa (artículo 51) y amenaza a la paz, quebrantamiento de la misma o agresión (artículo 39), pero exclusivamente a través de una intervención colectiva por una organización internacional reconocida o por miembros de la ONU de conformidad con una resolución específica (artículo 48). No obstante ello, afirma que las disposiciones de la Carta de la ONU no son siempre acatadas y ello busca legitimar aquellas acciones fuera del marco legal internacional.
Respecto al concepto de soberanía, la autora reseña las dificultades en torno a su definición universal desde la Revolución francesa hasta la actualidad, y suscribe la afirmación de Boutros Ghali de que ya pasó el tiempo de la soberanía absoluta y de que su teoría nunca ha correspondido a la realidad. En este sentido, Trbovich sostiene que aunque la soberanía y la independencia son a menudo cuestionadas, continúan siendo los cimientos del sistema internacional. De ello se deriva que en la práctica, la soberanía prevalezca como una cualidad necesaria para una plena membresía en la comunidad internacional. Así, bajo su perspectiva, la cuestión principal no es si prevalece el principio de la integridad territorial o el de la autodeterminación, sino cómo éstos se limitan entre sí. La autora nos recuerda que la práctica estatal previa a la desintegración de Yugoslavia en 1991, había sido apegada a la visión de Woodrow Wilson sobre la autodeterminación, aplicándose el principio que refiere a la democracia como un método de gobierno más que de independencia para cada grupo étnico.
La autora precisa que en la gran mayoría de situaciones en que los principios de integridad territorial y autodeterminación han colisionado, la comunidad internacional ha elegido el primero en virtud de que la integridad territorial es considerada como una base fundamental del orden mundial. En el caso de Yugoslavia, sin embargo, para ciertos Estados occidentales, la autodeterminación de algunas repúblicas debía prevalecer sobre la integridad territorial del Estado federal. Más aún, agrega, la comunidad internacional tuvo una interpretación equivocada del derecho a la autodeterminación, al referirlo a un territorio geográfico específico, en oposición a un pueblo determinado. Esta perspectiva contradice el principio legal establecido en el artículo 1 de la Carta de la ONU que se refiere a la libre determinación de los pueblos, y propició, en opinión de Trbovich, las divergentes interpretaciones del mismo por serbios y croatas que condujeron a la guerra y al violento colapso del Estado federal.
En este periodo de posguerra fría, la comunidad internacional ha tratado de resolver la tensión en el derecho internacional entre los derechos de los Estados y los derechos de los individuos, mayormente en los conflictos intraestatales que han infligido enorme sufrimiento a los civiles. La discusión sobre establecer límites a la soberanía del Estado ha derivado en diversos debates, siendo uno de los más interesantes el relativo a la "responsabilidad de proteger" a civiles inocentes, quienes por la acción criminal o negligente del Estado a que pertenecen, enfrentan graves amenazas a su seguridad personal y material. El supuesto que permea este debate es que la observancia a la soberanía del Estado no es siempre compatible con el respeto a los derechos humanos.
Al respecto, cabe preguntarse si el anterior es un supuesto válido a la luz de la Carta de las Naciones Unidas y de otros instrumentos de derecho internacional. La respuesta de la autora a este cuestionamiento es en un sentido negativo, ya que no admite la existencia de una inherente incompatibilidad entre el derecho de los Estados a ejercer su soberanía, tal como se traduce en la Carta de la ONU en el principio de integridad territorial, el deber de no intervención en los asuntos internos del Estado, y el derecho de los individuos al disfrute de sus derechos humanos, incluyendo el derecho colectivo a la libre determinación. Con base en el análisis de los regímenes de derechos humanos y de minorías en Europa, Trbovich sostiene que estos regímenes han demostrado su capacidad para proteger minorías, prescindiendo de medidas extremas como la secesión.
En su análisis sobre el derecho de autodeterminación y las pretensiones de las repúblicas constitutivas, la autora considera que únicamente los serbios, en su calidad de grupo étnico nacional más numeroso y de mayor dispersión geográfica, eran los llamados a preservar la unidad del Estado. Frente a la inviabilidad de una Yugoslavia unificada, se hizo patente una dicotomía excluyente entre una autodeterminación interna y una autodeterminación externa. Mientras la elección de esta última significó la secesión de las áreas de población mayoritaria serbia y el estallido del conflicto, la autodeterminación interna pudo haber sido encausada a través de la protección de los derechos de las minorías. Sobre esta cuestión, coincidimos con la autora cuando afirma que el reconocimiento precipitado a Eslovenia y Croacia por parte de Alemania y la Santa Sede, eliminó a la autodeterminación interna como una opción válida.
La política occidental en torno a la problemática de la autodeterminación en la antigua Yugoslavia ha sido, en el mejor de los casos, inconsistente, y a menudo ha respondido más a intereses intervencionistas de las potencias implicadas que a un apego a los principios. Así lo evidencia el apoyo de países como Estados Unidos, Francia y Alemania a la recientemente proclamada independencia de Kosovo, en que más que la defensa de la autodeterminación, pareciera que dicha política se encamina a concluir la administración internacional que se ha instalado ahí desde 2001; sobre todo, debido a que este es el único caso en que una buena parte de los miembros de la Unión Europea ha reconocido el derecho a la autodeterminación externa. Tal falta de consistencia, argumenta Trbovich, ha disminuido la capacidad de la Unión Europea para resolver los reclamos conflictivos de autodeterminación.
Si bien esta obra fue terminada antes de la declaración de independencia de Kosovo, la autora aporta interesantes reflexiones que vale la pena retomar ahora que se estarán cumpliendo dos años de dicho acontecimiento, y ante la proximidad de una opinión consultiva por parte de la Corte Internacional de Justicia respecto a la legalidad de la independencia de Kosovo. De acuerdo con Trbovich, la guerra área que la OTAN emprendió contra Serbia en 1999, elevó, irresponsablemente, las expectativas de los albaneses de Kosovo y Metodija sobre el reconocimiento estatal de esa provincia sudoccidental de Serbia. Asimismo, señala que dicha organización inapropiadamente se erigió como defensora de lo que consideró una minoría gravemente oprimida en un Estado represor, asumiendo conjuntamente con la ONU el gobierno de una de sus provincias y apoyando la insurgencia. Posteriormente, el Consejo de Seguridad emitió su resolución 1244 que mina la integridad territorial de Serbia, y Martti Ahtisaari, mediador de la ONU, en su informe al Consejo de Seguridad recomendó la "independencia supervisada" de Kosovo. Con ello, enfatiza Trbovich, el enviado especial solicitó a la ONU, por primera vez en la historia, el desmembramiento de uno de sus Estados miembros, convencido de que la secesión de Kosovo traería prosperidad a la región.
Al evaluar la experiencia de la comunidad internacional frente a Kosovo, coincidimos plenamente con la autora en que el único escenario posible en que podría demandarse el derecho a la autodeterminación sería el que éste estuviese definido con precisión, preferentemente a través de una enmienda a la Carta de la ONU, que permitiera la intervención, incluyendo el reconocimiento internacional, en casos de extrema opresión y que se garantizara que a la minoría derivada del reconocimiento de un nuevo Estado se le concediera el mismo derecho a la autodeterminación, incluyendo la secesión.
Si bien suscribimos los aportes doctrinales y el enfoque multifactorial de la autora, opinamos que podría haber hecho un ejercicio comparativo con situaciones similares en otras regiones como el Cáucaso (Osetia del Sur, Abjasia, Chechenia y Nagorno Karajab) debido a que mucho se ha insistido, sobre todo, en la singularidad de Kosovo. Por otra parte, aún reconociendo la solidez de sus argumentos jurídicos y su natural afinidad con las posiciones serbias, nos parece que, sin demérito de sus convicciones, podría haber matizado su análisis de la violencia en la antigua Yugoslavia registrando las atrocidades de personajes como Milosevic y Karadzic. Ello debido a que las acciones de éstos, al igual que las de los líderes de otros grupos étnicos, contribuyeron a modificar la geografía legal de dicho Estado.
Juan Manuel PORTILLA GÓMEZ*
* Doctor en derecho internacional; profesor de tiempo completo en la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM; miembro del Sistema Nacional de Investigadores.