A proibição do retorno à privação socioeconômica: a aplicação do princípio de non-refoulement a partir do Pacto Internacional sobre Direitos Econômicos, Sociais e Culturais
El presente artículo se propone discutir si es posible una protección de los derechos económicos, sociales y culturales aplicando el principio de no devolución directamente partir del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Para ello, se se analizó la formación de la obligación de no devolución como norma general de derechos humanos a a partir de los mecanismos regionales de protección de tales derechos y las características de esa norma. A continuación, se evaluará si una obligación de no devolución en estos mismos términos puede ser derivada del PIDESC, considerando la relación entre los derechos civiles y políticos y derechos económicos, sociales y culturales, y las obligaciones de cooperación y de realización inmediata de los derechos contenidos en el Pacto.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Anuario Mexicano de Derecho Internacional sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Anuario Mexicano de Derecho Internacional reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— al Anuario para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en el Anuario Mexicano de Derecho Internacional (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Anuario.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos del Anuario por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Anuario Mexicano de Derecho Internacional y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.