Reforma transparencia: salto al pasado*

Publicado el 30 de agosto de 2013

Ernesto Villanueva
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
@evillanuevamx
Evillanueva99@yahoo.com
www.ernestovillanueva.blogspot.com

Al final del día los resultados son verdaderamente lamentables. La nueva minuta aprobada por mayoría por la Cámara de Diputados no deja duda de ello. Veamos.

Primero. Lo único que había sido rescatable de la minuta inicial aprobada el lunes pasado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados era la aparición de la figura de conflicto de interés que impulsó el Dip. Carlos Reyes Gámiz. En el nuevo dictamen que se aprobó ayer por mayoría,  Reyes Gámiz perdió la partida y con él todos los mexican@s. Simple y sencillamente desapareció de la minuta aprobada la figura del conflicto de interés. Se dice que será incluida en la ley secundaria, pero todos sabemos que eso es sólo una gracejada para intentar ocultar lo inocultable: el espíritu de regresión donde todos los partidos, con excepción de algunos legisladores, pactaron bajo la vieja fórmula de “pago por evento” para lavarle la cara a los diputados, al menos aspiracionalmente.  

Segundo. Con un buen manejo de medios se ha querido posicionar la idea de que se fortaleció al IFAI, lo cual es falso. Al contrario, se han dado pasos puntuales hacia atrás. Si bien es verdad que la frase de “inatacabilidad” de los resoluciones del IFAI aparece en la minuta, ese giro retórico se desvanece después del punto y seguido. En efecto, resulta que ahora se le otorga atribuciones al “Consejero del Gobierno” para interponer un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se afecte la seguridad nacional. Esta redacción da al traste con la verdadera inatacabilidad por las razones siguientes: a) Porque no se aclaró nunca que el consejero del Gobierno lo podría hacer sólo en relación a sus atribuciones expresas en la ley, sino sólo como la instancia facultada para interponer el recurso en cuestión que deja abierto a que lo haga cuando afecte a toda la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal; es decir, secretarías y empresas del Estado como PEMEX, CFE etc.; b) Porque no se estableció que dicho recurso fuera sólo para revisión constitucional formal de las actuaciones del IFAI para que se apegara a estricto derecho, sino que podrá conocer no sólo de aspectos formales, sino del fondo del asunto; y c) Porque no se establecieron plazos a la SCJN para que resuelva el mencionado recurso, lo que abre la puerta para que sea en una semana o en año lastimando el derecho a saber de los gobernados; d) Porque se incluye genéricamente el concepto de “seguridad nacional” que no es un vocablo unívoco, sino que en su nombre todo puede caber. Vamos hasta la Ley de Seguridad Nacional tiene  varias hipótesis (también genéricas) de que es un ataque a la seguridad nacional.

Tercero. Se mantiene la figura del “consejo consultivo” entendible y necesaria en organismos públicos que manejan recursos del erario y donde la participación ciudadana por la erosión de legitimidad de las instituciones lo justifica. No hay precedente alguno, empero,  de esta figura en órganos que realizan funciones materialmente jurisdiccionales; es decir, que resuelven casos de conflictos entre normas de igual jerarquía. La Ley secundaría deberá acotar las funciones de esa figura, porque los denominados “alegatos de oído” ya no serán con los juzgadores (l@s comisionad@s) sino con los diez miembros del referido Consejo Consultivo lo que jurídicamente es una aberración y por ánimos populistas se permite que puedan ejercer presión para que las consideraciones estrictamente legales no determinen las resoluciones, sino los puntos de vista ajenos a derecho de quienes integren ese Consejo.

Cuarto. El diseño institucional aprobado para el sistema de acceso a la información pública es una capirotada, como dicen en mi estado, Michoacán. El IFAI revisará  a los órganos garantes locales!!. Falsamente creen algunos, como si fuera un dogma de fe, que sólo cuando haya una negativa en perjuicio del gobernado. Eso no está en ninguna parte de la minuta, lo que en español significa que puede conocer en cualquier caso, sea por negativa al gobernado o a petición de la autoridad. Es como si las resoluciones del Instituto Electoral del DF fueran revisadas por el IFE y no por el Tribunal Electoral local o, en su caso, por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La falta de técnica y conocimiento jurídico revela que personas ajenas al derecho diseñen un sistema normativo. ¿Se imagina que una operación de corazón abierto se haga por mayoría de votos por un equipo interdisciplinario y no por especialistas médicos? Por otro lado, l@s comisionad@s actuales podrán formalmente quedarse en sus puestos hasta el término que fueron designad@s, aunque la vía para hacerlo (petición al Senado y aprobación expresa por dos terceras partes de los senadores presentes) hace que esa posibilidad sea improbable en los hechos. Al final de cuentas es un mal mensaje para el país y nadie con un mínimo de conciencia podría pensar que hay un avance real. Si bien es verdad que ahora hay acceso directo a solicitar información a sindicatos y partidos políticos, también lo es que la obtención de esa información dependerá de la interpretación de quienes integren el IFAI. Queda, por supuesto, la vía judicial para el gobernado, pero su complejidad, sus tiempos y sus costos constituyen el mejor disuasivo para ejercer el derecho de acceso a la información pública. Lo verdaderamente increíble es que hoy el IFAI como organismo descentralizado por ley tiene mayores atribuciones que el nuevo IFAI como organismo constitucional autónomo que de nacimiento ve mermadas sus facultades, cuando debería haber sido exactamente al revés.

Pd. Las licencias invasivas en Sinaloa que requieren las 10 huellas dactilares y la obtención de los datos del iris como requisito para su emisión, criminalizando a l@s sinaloenses,  además de constituir una gravísima violación al derecho a la vida privada, a las mejores prácticas internacionales, además de violentar el principio esencial de legalidad han sido suspendidas por el Gobierno de Sinaloa que dio marcha atrás a esa ocurrencia. No evidentemente por una concesión graciosa del gobernador sinaloense “Malova”, sino por la presión creciente de la comunidad, de especialistas, de abogados con valor civil y ética  como David Cristóbal Álvarez Bernal (@DavidCAlvarez) y su despacho,  así como con el puntual acompañamiento del diario Noroeste (www.noroeste.com.mx), uno de los medios  que confirman la regla de que todavía hay colectivos mediáticos que anteponen el interés público sobre la salud de su cartera. Esta batalla que se ha ganado por el bien de tod@s en Sinaloa representa una bocanada de aire puto en un marco donde la transparencia y la protección de datos personales en el país han encontrado caminos de regreso. Ello refuerza mi convicción de que lo que la sociedad no haga por ella misma nadie lo hará.

NOTAS:
* Se reproduce con autorización del autor, publicado en Etcétera, el 23 de agosto de 2013